Documental

"Contra mi voluntad" es un proyecto transmedia de carácter periodístico que busca reseñar el problema de la trata de personas en España, acercando a cualquier usuario de la red una información de calidad.

Para ello, no solo encontraréis toda la información de actualidad, testimonios e infografías en este sitio web, sino que podréis complementarla con lo que publiquemos en nuestras redes sociales, y ayudarnos de manera interactiva a reseñar este tema tan complejo.

La primera regulación en el ámbito internacional referida específicamente a la trata de personas con independencia de la finalidad de ...



La primera regulación en el ámbito internacional referida específicamente a la trata de personas con independencia de la finalidad de explotación, se produce en el año 2000, cuando los Estados miembros de las Naciones Unidas aprueban por Resolución 55/25 de la Asamblea General, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, a partir de la cual nace el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, ratificado por España el 21 de febrero de 2002 (BOE de 11/12/2003), y cuya entrada en vigor se produjo el 25 de diciembre de 2003, dicha disposición es conocida como el Protocolo de Palermo.

Este primer instrumento internacional vinculante para los Estados, constituyó el punto de partida en la definición de las políticas públicas puestas en marcha a partir del año 2000 en relación con la lucha contra la trata de seres humanos, al establecer una definición consensuada internacionalmente para la trata de seres humanos. Así dicho texto la define como:

“La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas,
recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al
fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o el
ofrecimiento o a concesión de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una
persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esta explotación
incluirá, como mínimo, la explotación en la prostitución ajena u otras formas de
explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extirpación de órganos”. 


De igual forma, el documento exigió a los Estados miembro adoptar aquellas “medidas legislativas y de otra índole” que fuesen necesarias para tipificar este Delito en su derecho interno. 

Así, con la configuración del panorama internacional y la ratificación por España de los distintos convenios y acuerdos internacionales, en nuestro país se inició la modificación del marco legislativo y las políticas públicas dirigidas a la lucha contra la trata de seres humanos. Por ende, durante el transcurso de los últimos años se han producido importantes avances dirigidos tanto a reforzar la persecución y sanción del delito, como en aras de garantizar la protección y asistencia a las víctimas.

Desde el punto de vista de la persecución del delito de trata de seres humanos y de los delitos relacionados con la explotación sexual y la prostitución, se han operado diversas reformas en la legislación penal española.

La reforma del Código Penal de 1995, operada por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, aportaría medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros, no obstante, esta modificación no dio lugar a instrumentos realmente eficaces para solventar la situación. 

Si bien, mediante la reforma del artículo 188.1 de Código Penal se introduciría la responsabilidad penal de quienes se lucrasen de la explotación de la prostitución ajena, incluso cuando ésta fuese consentida por la persona en situación de prostitución. La redacción dada al precepto y la sistemática empleada, condujeron a que la Jurisprudencia de la Sala II del Tribunal Supremo interpretara de forma muy restrictiva este precepto.

Posteriormente, con la tipificación del delito de trata de seres humanos en la legislación
penal española mediante la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, se incorporarían de manera
exacta las pretensiones establecidas por el Convenio de Varsovia, además de cumplirse las previsiones de la Directiva 2011/36 UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011.

Así, el artículo 177 (bis) del Código Penal español, aportaría una definición del delito de trata de seres humanos que superaba definitivamente la confusión previa que rodeaba a este delito, al vincularlo con el favorecimiento a la inmigración ilegal. 

En este sentido, el artículo 318 (bis) que contenía el Código Penal de 1995 disponía un tratamiento penal unificado de los delitos de trata de seres humanos e inmigración clandestina, una coyuntura que resultaba a todas luces inadecuado, dadas las grandes diferencias que existentes entre ambos fenómenos delictivos.

El nuevo artículo 177 (bis) tipifica un delito distinto del de inmigración clandestina, en el que prevalece la protección de la dignidad y la libertad de las personas,
objeto de tráfico ilegal. Pero es que además, una característica singular del nuevo delito radica en el hecho de que su ámbito de aplicación no está determinado por la nacionalidad, condición de extranjero o vulneración de las normas migratorias, ya que el artículo 177 bis CP no se dirige, exclusivamente contra personas extranjeras, sino que comprende todas las formas de trata de
seres humanos, nacionales o transnacionales, relacionadas o no con el crimen organizado. Por tanto el delito de trata de seres humanos se configura como un delito independiente.

Por consiguiente, la nueva redacción ha permitido el abordaje del delito de trata de seres humanos y la obtención de pronunciamientos judiciales acordes con la gravedad del mismo.

En este sentido, además de una definición rigurosa del delito de trata en sus diversas formas, el
Código Penal recogió en 2010 diversas modalidades agravadas derivadas de la concurrencia
de una situación de grave peligro para la víctima, como pueden ser: el ánimo de lucro, la presencia de víctimas menores o especialmente vulnerables, la pertenencia de los autores a organizaciones o asociaciones criminales, o cuando éstos fuesen autoridades, agentes de la autoridad o funcionarios públicos. Igualmente quedaría reflejado el principio de no persecución de las víctimas de trata por los delitos que haya podido cometer en la situación de explotación sufrida.


Así pues, el artículo 177 (bis) del Código Penal español es el resultado de un proceso evolutivo  que en la actualidad dispone las siguientes condenas:

“Será castigado con la pena de cinco a ocho años de prisión como reo de trata de seres humanos el que, sea en territorio español, sea desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, o mediante la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que poseyera el control sobre la víctima, la captare, transportare, trasladare, acogiere, o recibiere, incluido el intercambio o transferencia de control sobre esas personas, con cualquiera de las finalidades siguientes:

La imposición de trabajo o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad.

La explotación sexual, incluyendo la pornografía.

La explotación para realizar actividades delictivas.

La extracción de sus órganos corporales.

La celebración de matrimonios forzados.”

Finalmente, a los avances realizados por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, se le sumaría la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, resultando destacables, en relación con la persecución del delito de trata de seres humanos, nuevas modificaciones para reforzar la protección específica l a las víctimas de trata de seres humanos.

Gracias a los instrumentos aportados por el nuevo marco legislativo, durante el pasado año los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad españoles han realizaron más de 7.000 inspecciones administrativas relacionadas con las diferentes modalidades de la trata de personas, produciéndose la detención de 600 personas por este delito, en todo el país.


El flujo de la Trata sigue unas rutas muy concretas, de origen y destino. En el ámbito de la Unión Europea, EUROSTAT ha elaborado...


El flujo de la Trata sigue unas rutas muy concretas, de origen y destino.

En el ámbito de la Unión Europea, EUROSTAT ha elaborado el segundo Informe estadístico en
materia de trata de seres humanos (2014), según el cual la mayoría de las víctimas proceden de la  UE (65%), principalmente de Bulgaria, Rumanía, Holanda, Polonia y Hungría. Gran parte de las víctimas de países no pertenecientes a la UE proceden de Nigeria, Brasil, China, Vietnam y Rusia.

Respecto a España, al igual que en años anteriores, el Informe anual de la situación de la trata de seres humanos presentado por el CITCO 2014 señala que, en nuestro país, las personas en riesgo de ser víctimas de la trata son en su mayoría mujeres de nacionalidad rumana (seguida de la española, dominicana, brasileña, colombiana y paraguaya).


Los niños y niñas representan casi una tercera parte de todas las víctimas de trata de personas en el mundo (20% niñas y 8% niños), s...



Los niños y niñas representan casi una tercera parte de todas las víctimas de trata de personas en el mundo (20% niñas y 8% niños), según datos de La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). 

Al preguntar, desde nuestro Twitter @StopTrata, qué porcentaje de menores había entre las víctimas de la trata en España, la respuesta estuvo empatada entre los porcentajes más elevados que ofrecíamos.




Ahora, ofrecemos aquí los datos del Ministerio del Interior de nuestro país, a continuación:



No obstante, hay que tener en cuenta que la Sección de Extranjería de la Fiscalía General del Estado da otras cifras: según estas, en 2015 el número de posibles víctimas menores de edad de trata de seres
humanos alcanzó la cifra de 48.

Estas cifras se quedan cortas en comparación a lo que dicen organizaciones como la Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención a la Mujer Prostituida (APRAMP), que asegura que de las mujeres que rescataron, el 52% afirmó haber comenzado a ser explotadas sexualmente cuando todavía eran menores de edad.


¿Cuánta trata hay en España? Al preguntar a traves de nuestro Twitter,  @StopTrata , a los usuarios sobre su percepción al respe...

¿Cuánta trata hay en España?



Al preguntar a traves de nuestro Twitter, @StopTrata, a los usuarios sobre su percepción al respecto, el 58% creía que la incidencia de este problema en nuestro país era elevada. 


Esto se puede contrastar con los esclarecedores datos del Ministerio del Interior, que ofrecemos en el gráfico a continuación:



No obstante, cabe destacar que estas cifras aumentan cuando se pregunta a las asociaciones: por ejemplo, calculan que entre 40.000 y 50.000 mujeres son víctimas de trata con fines de
explotación sexual en nuestro país. Pero los datos que ellos manejan incluyen a víctimas cuyos casos no siempre terminan en procesos judiciales.

Maifa fue liberada por la policía en 2015. (A3N) El sur de la isla de Tenerife (España) es el lugar escogido por muchos turistas veni...

Maifa fue liberada por la policía en 2015. (A3N)

El sur de la isla de Tenerife (España) es el lugar escogido por muchos turistas venidos de todas partes del mundo para pasar sus vacaciones, pero Maifa, de 25 años y originaria de Nigeria, no acabó ahí por voluntad propia y la finalidad de su viaje tenía un objetivo muy distinto: ser explotada sexualmente por los traficantes que la sacaron de su país prometiéndole una vida mejor en Europa.

La obligaron a ejercer la prostitución para pagar la deuda de 52.000 euros que supuestamente había contraído con sus tratantes por viajar hasta el archipiélago canario, a donde llegó en 2014. "No podía hacer esto que ellos querían, dedicarme a la prostitución, por eso escapé", explica. Sin lugar a dónde ir y temiendo ser encontrada por sus captores pasó días oculta en una montaña donde acabó cayendo enferma. Finalmente la policía la encontró y la llevó al hospital, donde estuvo ingresada dos meses. Su pesadilla había acabado.

Las redes de tráfico de personas pueden tener orígenes en lugares muy insospechados. Maifa cayó en la trampa cuando una antigua compañera del colegio de Nigeria, mayor que ella y que vivía en Canarias, la llamó un día para preguntarle si quería ir a Europa. La joven la creyó y desde ese momento su vida cambió. Viajó sola desde Nigeria hasta Madrid, y desde ahí a Tenerife, siendo controlada en todo momento por su antigua compañera de colegio.

"Hay gente que tiene energía para ese trabajo, pero yo no la tengo", expresa Maifa al rememorar el cautiverio al que se vio sometida, y que usa un pseudónimo para evitar ser localizada por los traficantes.

Durante su estancia en el hospital, tras escapar, la policía la visitó en varias ocasiones para investigar las raíces de la red que la había llevado hasta allí, y finalmente, en 2015, la enviaron al centro de acogida para mujeres víctimas de trata de la congregación religiosa de las Hermanas Oblatas, en Las Palmas de Gran Canaria.

Tiene buenos recuerdos de los dos años que pasó en la casa de acogida, compartiendo experiencias con otras 14 mujeres que, como ella, habían sido víctimas de traficantes de personas. "Las chicas de las Oblatas son como mi familia... No, son mi familia", precisa tras reflexionar unos segundos.

El tiempo que pasó allí le sirvió no solo para recuperarse de sus heridas, sino también para aprender un oficio. Tras realizar un curso de costura ahora mismo trabaja en una lavandería. Se siente a gusto con la vida que lleva y no piensa regresar a Nigeria.




Lema no es su verdadero nombre, pero sí lo es su historia. Lema pensaba que su vida iría a mejor cuando decidió marcharse de la Repúbli...

Lema no es su verdadero nombre, pero sí lo es su historia.

Lema pensaba que su vida iría a mejor cuando decidió marcharse de la República Democrática del Congo por los problemas que tenía con su familia, pero la realidad resultó ser muy diferente. Buscaba encontrar un entorno más tolerante. "Estaba saliendo con una chica pero hay países en África en donde a la gente eso no le gusta y a mi familia tampoco", explica. De pronto, como un salvavidas, le llegó la ayuda a la que asirse de la mano de un amigo de un tío suyo.

"Me dijo que podía ayudarme a salir porque en mi país la situación estaba complicada", recuerda Lema. Ante las constantes agresiones de su familia y otras personas de su entorno decidió confiar en alguien cerano que consiguió sacarla de la ciudad donde vivía, en el oeste del Congo, y llevarla hasta Senegal. Una vez allí la ayuda prometida se desvaneció y "todo cambió".

Encerraron a Lema en una casa y la obligaron a prostituirse. "Pasaron muchas cosas hasta que finalmente escapé", cuenta la joven, que ahora tiene 22 años. Sola y en una país desconocido, trató de contactar con unos familiares suyos en Francia que la repudiaron con insistencia debido a su pasado. Finalmente, tras mucho suplicar, un tío suyo que vivía en ese país europeo viajó hasta Senegal para tratar de sacarla del país y llevarla a Francia.

Pero Lema no tenía documentación, fruto del expolio al que le habían sometido sus tratantes en Senegal. Finalmente, en 2015, consiguieron salir del país con destino a Las Palmas de Gran Canaria (Islas Canarias) falsificando el pasaporte de su tía francesa. Su intención de llegar hasta Francia, no obstante, se vio truncada cuando la policía española se dio cuenta de la falsificación del documento.

En un primer momento la joven congoleña pasó dos semanas en un centro de menores de Gran Canaria, pero cuando la policía se percató de que por aquel entonces Lema tenía 20 años la enviaron a la casa de acogida que la congregación religiosa de las Hermanas Oblatas tiene en la capital de la isla, y que es el único recurso alojativo para víctimas de la trata de personas en la ciudad.

Su vida ha mejorado significativamente desde entonces. "Me preocupa que no tengo papeles pero estoy bien de salud", expresa agradecida. El año que pasó recuperándose de la traumática experiencia en la casa de acogida descubrió a su segunda familia, mientras compartía espacio con otras 14 mujeres que como ella habían sufrido los horrores de la esclavitud en el siglo XXI.

"Me llevo muy bien con ellas", expresa Lema, pese a que admite pequeños roces con otras compañeras producto de la convivencia del día a día. Ahora, la joven ha pasado a otro nivel en su proceso de recuperación y comparte un piso de autonomía de las Oblatas con otras compañeras.

Ella por fin es dueña de su vida una vez más, con todas las incertidumbres que a veces conlleva y las decisiones que hay que tomar.

"Antes quería ir a Francia porque echaba mucho de menos a mi familia. Ahora Francia no me llama la atención. Voy a ver si me quedo aquí y sigo estudiando", dice con un deje de divagación que solo una persona verdaderamente libre puede permitirse.